Venustiano Carranza (1859-1920) logró aunar las voluntades de los distintos caudillos revolucionarios frente a la dictadura del general Victoriano Huerta (1913-1914); sin embargo, tras una rápida victoria, hubo de enfrentarse a las reivindicaciones de los dos líderes agraristas que le habían apoyado: Francisco Villa y Emiliano Zapata. Como Encargado del Ejecutivo, convocó a un Congreso Constituyente en Querétaro en el que se concibieron las reformas a la Constitución de 1857; una vez finalizado el Congreso, llamó a elecciones, mismas que lo designaron presidente de la República (1917-1920).
Ver más...Legislación impulsada por Venustiano Carranza
Esta ley, publicada el 10 de enero de 1912 en el Periódico Oficial de la entidad federativa, proclama que por cada municipio se creará una Junta Calificadora, constituida por los contribuyentes de la municipalidad y un representante del Gobierno del Estado, dicha Junta será la encargada de integrar el Catastro.
Publicada el 15 de junio de 1912 en el Periódico Oficial de la entidad federativa, esta Ley regula las disposiciones de la Ley de la materia de 10 de enero de 1912 y profundiza en las medidas que se tomarían si un propietario llegara a ocultar alguno de sus capitales o no hiciera una manifestación pormenorizada de todos sus bienes.
Publicada el 23 de enero de 1913 en el Periódico Oficial de la entidad federativa; tiempo en que Carranza era gobernador de Coahuila. Proclama que los propietarios de una empresa son responsables civilmente de los accidentes que ocurran a sus empleados y operarios en el desempeño de sus labores.
Obra compilatoria de decretos emitidos entre marzo de 1913 y noviembre de 1915, por la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista.
Carranza, como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, el 29 de diciembre de 1914, expide esta ley. Plantea la separación de la pareja y la extinción permanente del vínculo matrimonial.
Reformas:
Mediante este decreto, el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista hace saber que los divorcios anteriores a la vigencia de la Ley del Divorcio del 29 de diciembre de 1914, deberán causar los efectos de la ley en vigor.
Con este decreto, Carranza declara que el matrimonio podrá disolverse después de un año de contraído, por mutuo acuerdo de los cónyuges o porque alguno incurra en una falta mayor.
Obra compilatoria de la normativa publicada en “El Constitucionalista” durante 1916.
Carranza señala en los considerandos de esta ley que su propósito al promulgarla es adaptar las instituciones de familia a la realidad social de la época. Dentro de las instituciones que regula este ordenamiento destacan: el divorcio, la emancipación, el reconocimiento de hijos, la patria potestad, la emancipación y la tutela.
Recopilación de leyes federales publicadas de enero a abril de 1917.
Después de la Convención de Aguascalientes, en la que intentó mediar los intereses de cada grupo armado, Carranza emite el decreto por el que llama a elegir un nuevo Congreso Constituyente. Dicho documento fue publicado en el Diario Oficial el 22 de septiembre de 1916.
El Congreso Constituyente expide la “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 1857”. Destacan los derechos de corte social contenidos en los artículos 3, 27 y 123, que reflejan algunas de las demandas de los grupos armados de la revolución.
Recopilación de leyes federales publicadas de mayo a diciembre de 1917.